¿Qué es la responsabilidad ampliada del productor? ¿Cómo me afecta?
La responsabilidad ampliada del productor no es algo nuevo en España. De hecho, entró en vigor tras aprobarse la Ley 11/1997 de 24 de abril. Con este régimen los productores de productos envasados deben asumir el coste de la gestión de los envases que introducen en el mercado. La ley dejaba que los productores de producto cumplieran la ley estableciendo un sistema de depósito, devolución y retorno, o participando en un sistema integrado de gestión de envases (Ecoembes por ejemplo).
Entonces ¿por qué está tan en boca ahora la responsabilidad ampliada del productor?
El 28/12/2022 se publicó el Real Decreto 1055/2022 de Envases y Residuos de Envases, donde se ampliaba la responsabilidad ampliada del productor para los envases comerciales e industriales. Esto supone un gran cambio para la mayoría de las empresas, porque hasta ahora el responsable de gestionar los residuos de envases comerciales y industriales era el poseedor final, ahora es el productor de producto.
Pero ¿quién es el productor del producto?
Según el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases el productor es cualquiera que introduzca un envase en el territorio español, como por ejemplo:
- Un fabricante de productos que utiliza envases para proteger o transportar sus productos.
- Un importador que compra productos envasados fuera de la Unión Europea.
- Un adquirente intracomunitario que compra productos envasados en Francia, por ejemplo.
- O incluso una plataforma de comercio electrónico que vende productos envasados en el territorio nacional, si no existe un representante legal en España del fabricante del producto. Ejemplo una compra en Alibaba. Pues Alibaba será el productor de producto.
Resumiendo un poco, alguien se tiene que encargar de cumplir con estas obligaciones. Los legisladores se han encargado de tapar todos los agujeros posibles.
Pongamos un ejemplo, nuestra empresa se dedica a vender productos envasados que no fabricamos. Los productos se los compramos a una empresa con sede en España.
¿Cómo podemos saber que la empresa a la que compramos un producto envasado cumple con la responsabilidad ampliada del productor?
Pues los legisladores también han pensado en eso. Todos los productores de producto tienen que estar inscritos en el registro de productores de productor, sección de envases. Cuando te inscribes se te genera un número de registro que tienes que añadir en las facturas.
Este código es el que te ayuda a identificar si esos envases, o más bien la empresa que te suministró los productos, está dada de alta en el registro.
Definición de Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases:
Artículo 2. Definiciones.
t) Productor de producto: los envasadores o los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados para su puesta en el mercado.
Cuando, en los productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución, no se identifique al productor de producto, ejercerá como tal el titular de la marca de distribución con sede en España bajo la cual se comercialice el producto.
De igual forma, en el caso de aquellos productos envasados por encargo de un tercero que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejercerá este último como productor de producto.
Cuando a través de las plataformas de comercio electrónico se introduzcan en el mercado productos envasados procedentes de fuera de España y el productor no haya designado representante autorizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2, dicha plataforma actuará, subsidiariamente, como productor de producto a efectos de las obligaciones financieras y de información, así como organizativas cuando proceda, reguladas en este real decreto, respecto de esos envases.
Si vemos el artículo 30 dice:
Artículo 30. Obligaciones de comerciantes y distribuidores de productos envasados.
Los comerciantes o distribuidores de productos envasados que realicen tanto venta presencial como a distancia deberán:
a) Comercializar productos envasados procedentes de productores que dispongan del número de identificación del productor del Registro de Productores de Productos.
Por lo que no podemos decir, hay no lo sabía.
Resumiendo: la responsabilidad ampliada del productor afectará a casi todas las empresas de una o otra forma.
¿Cómo me afecta la responsabilidad ampliada del productor?
Para empezar, además de las obligaciones de:
- Registrarse como productor de producto.
- Informes anuales de los envases introducidos en el mercado.
- Planes de prevención y ecodiseño si introducimos ciertas cantidades.
- Objetivos de reducción, y prevención.
- y un largo etc de cosas que hacer.
Nos hace responsables de la financiación y gestión de la recogida separada de los envases que hemos introducidos en el mercado. Pero eso es más fácil de decir qué de hacer.
Si echamos la vista atrás nos podemos fijar en cómo ha resuelto este problema Ecoembes. Todos conocemos los contenedores amarillos (para los envases ) y azules (para papel cartón). Básicamente los envasadores, por ejemplo Coca Cola, les pagaban 0,062 €/kg de aluminio (lata), PET (botella 2 L) 0,600 €/kg a 28/10/2023
¿Pero qué hace Ecoembes con todo este dinero?
Pues en teoría financia la recogida separada de estos envases, con los ayuntamientos, y las empresas que tienen que clasificar los residuos, para luego vender estos residuos a empresas que los transforman en materias primas. Salvo lo que va al vertedero, los restos.
Otra parte de ese dinero va a parar a pagar toda su estructura, oficinas, personal, convenciones, anuncios en la televisión, sueldos de directivos, y demás directivos.
Ahora que los envases industriales y comerciales también están incluidos en la responsabilidad ampliada del productor Ecoembes también se encarga de la gestión de envases comerciales.
Imagen: www.www.pixabay.com
¿Pero qué sucede con los envases industriales y comerciales?
En referencia a la responsabilidad ampliada del productor tenemos dos opciones: cumplir la responsabilidad ampliada del productor de forma individual (SIRAP) o colectiva (SCRAP).
SIRAP: básicamente és que nosotros nos encargamos de cumplir la responsabilidad ampliada del productor de forma individual (yo me lo guiso y yo me lo como), este sistema es ideal para flujos de envases retornables o flujos de baja dificultad (poco atomizados).
Requiere poca burocracia, es mucho más simple.
SCRAP: en este sistema varias empresas se juntan para cumplir con las obligaciones de la responsabilidad ampliada del productor de forma comunitaria.
Es ideal para flujos de envases atomizadores, de envases no retornables o de alta dificultad de retorno.
Requiere mucha burocracia, aunque los costes se reparten entre los socios.
Una de las cosas que tenemos que entender es que podemos elegir varios sistemas juntos dependiendo de los siguientes factores.
- Flujos: Industriales, comerciales y/o domésticos.
- Retornables y/o no retornables.
- Materiales: madera, plástico, metal, etc.
- Retornables y/o no retornables.
Esto nos da una gran flexibilidad a la hora de tomar una decisión, y deberemos asegurarnos de tomar la decisión correcta.
En el artículo 20.b) del Real Decreto 1055/2022 nos da la posibilidad de cambiar de sistema pero de forma anual. Lo que nos obliga a permanecer en el sistema que elijamos.
“b) La posibilidad anual para los productores de cambiar el modo de cumplimiento de su responsabilidad ampliada, bien a través de otro sistema colectivo, bien a través de la constitución de un sistema individual.”
¿SIRAP o SCRAP para cumplir con la responsabilidad ampliada del productor?
Según el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, y el concepto quien contamina paga, se hace responsable al productor de producto y se le da dos opciones: cumplir con la responsabilidad ampliada del productor de forma individual, SIRAP, o de forma comunitaria, SCRAP.
¿Pero qué opción es mejor?
La principal diferencia es la palabra “comunitaria”. Esto significa que varias empresas se asocian para afrontar la responsabilidad ampliada del productor de forma grupal. Esto está bien, pueden compartir recursos y solucionar problemas complejos gracias a esos recursos extras.
Pero también significa que requiere un órgano de gobierno, y muchas medidas protectoras para evitar que se discrimine a un productor de producto, o a gestores de residuos. Además de garantías económicas, auditorías, etc.
En definitiva mucha más burocracia que un SIRAP, y eso tiene un coste.
Por otro lado podemos pensar que bueno, la mejor opción es pagar a un SCRAP y nos olvidamos. Que se encarguen ellos de todo y así nos podremos dedicar a nuestro negocio.
Pero tampoco es así, tenemos las mismas obligaciones y casi el mismo trabajo que si lo hiciéramos de forma individual. Porque estar en un SCRAP no nos exime de las obligaciones de información o del cumplimiento de los objetivos de reciclado o de las obligaciones financieras.
Como norma general, suelen ser más adecuados:
SIRAP
- Envases retornables.
- SDDR.
- Flujos de envases poco atomizados (pocos destinos, muchos envases).
- Envases industriales, o comerciales.
- Logística inversa económica.
SCRAP
- Envases de un solo uso.
- Flujos muy atomizados (muchos destinos, pocos envases).
- Envases domésticos o comerciales.
- Logística inversa costosa.
Lo normal es que tengamos que elegir en muchos casos más de una opción según los flujos de los residuos de envases que tengamos.
Pero existen algunas opciones más:
- Podemos llegar a acuerdos con los poseedores finales para que sean ellos los encargados de hacerse cargo de la responsabilidad ampliada del productor.
- Podemos llegar a acuerdos con los fabricantes de los envases para que sean estos los encargados de cumplir la responsabilidad ampliada del productor para sus envases.
- Incluso podemos usar empresas de alquiler de envases que serían las encargadas de cumplir con estas obligaciones.
Si durante una consultoría me preguntas qué opción me parece mejor:
Siempre que los números me den la razón me decantaré por un SDDR. Y siempre que sea factible por un SIRAP. Pero no descarto que la unión de muchas empresas para ejecutar un SDDR de envases podría funcionar. Pero creo que debería centrarse en un envase o en un sector que tenga cosas en común.
Lo que no quiere decir es que los SCRAP generalistas no sean necesarios para los flujos complejos y muy atomizados de envases no retornables.
Próximamente la trazabilidad de los envases va a ser de vital importancia, y la mejor forma de poder controlar los envases que ponemos en el mercado es que sean retornables de mejor calidad y que se usen cientos de veces.
Si necesitas ayuda, puedes contactar con nosotros en info@containerloop.com o en nuestra web www.containerloop.com
David Izquierdo Cebollada
CEO
Container Loop