La Unión Europea está a punto de implementar un nuevo reglamento sobre envases y residuos de envases, marcando un antes y un después en la gestión de estos materiales. Este reglamento, aprobado por el Parlamento Europeo el 22 de noviembre de 2023, aún está pendiente de su publicación oficial en el Diario Oficial de la Unión Europea. Una vez publicado, se establecerá un plazo de 18 meses para su entrada en vigor, permitiendo a los Estados Miembros y a las industrias adaptarse a las nuevas disposiciones. Este marco normativo establece medidas estrictas y objetivos ambiciosos que buscan minimizar el impacto ambiental de los envases, fomentar su reutilización y reciclaje, y garantizar la armonización en todos los Estados Miembros.
1. Marco general del nuevo reglamento europeo
El reglamento, una vez en vigor, será de aplicación directa en todos los Estados Miembros. Según el considerando 1 del documento:
«Los productos necesitan envases adecuados para estar protegidos y ser transportados fácilmente desde el lugar donde son producidos al lugar donde se consumen. Para el buen funcionamiento del mercado interior, es fundamental evitar los obstáculos y reducir las repercusiones adversas de los envases sobre el medio ambiente y la salud humana» (Art. 1).
Este nuevo marco busca reforzar el enfoque en la economía circular y reducir la dependencia de materiales vírgenes, estableciendo un conjunto de medidas que afectan a todo el ciclo de vida de los envases.
2. Requisitos de diseño y reutilización
El nuevo reglamento establece requisitos estrictos para garantizar que los envases sean reutilizables o reciclables. En este sentido, el artículo 12 especifica:
«Los envases deberán ser concebidos y diseñados para soportar el máximo número de rotaciones posible en condiciones normales de uso» (Art. 12).
Además, se requerirá que los envases cumplan con un número mínimo de rotaciones, una medida que será definida mediante actos delegados:
«A más tardar [24 meses después de la entrada en vigor del reglamento], la Comisión adoptará un acto delegado para establecer un número mínimo de rotaciones por material y categoría de envases» (Art. 13).
Estos requisitos garantizan que los envases reutilizables no solo sean técnicamente viables, sino que su diseño permita un uso prolongado y eficiente, reduciendo el impacto ambiental.
3. Etiquetado armonizado con tecnología QR
Para facilitar la identificación de los envases reutilizables y reciclables, el reglamento introduce un sistema de etiquetado armonizado. Según el artículo 14:
«Los envases reutilizables estarán claramente identificados y diferenciados de los envases de un solo uso. Podrá incluirse información adicional mediante un código QR u otros soportes digitales, que ofrezcan detalles sobre la disponibilidad de sistemas de reutilización y puntos de recogida» (Art. 14).
El etiquetado armonizado tiene como objetivo mejorar la transparencia y estandarizar el sistema en todos los Estados Miembros. Además, el uso de códigos QR permitirá a los consumidores acceder a información específica del envase, como:
- El porcentaje de material reciclado que contiene.
- Disponibilidad de sistemas de devolución o recogida.
- Número de rotaciones que ha realizado el envase.
Innovación tecnológica para el seguimiento: Herramientas como Track Loop, disponibles en plataformas como Container Loop, permiten calcular los ciclos de uso de los envases y trazar sus movimientos en los sistemas de reutilización. Estas soluciones no solo cumplen con las disposiciones del reglamento, sino que optimizan la trazabilidad y el cumplimiento normativo.
En comparación con el Real Decreto 1055/2022, que establece requisitos de etiquetado a nivel nacional, el reglamento europeo armoniza estas disposiciones para garantizar la uniformidad en todo el mercado único.
4. Contenido reciclado obligatorio
El reglamento fija metas ambiciosas para la incorporación de contenido reciclado en los envases de plástico. Según el artículo 25:
«Los agentes económicos deberán garantizar que los envases de plástico contengan un porcentaje mínimo de contenido reciclado valorizado a partir de residuos plásticos postconsumo. Este porcentaje será incrementado progresivamente, en función de la categoría y el tipo de envase» (Art. 25).
Los plazos establecidos son los siguientes:
- 2025: Inicio de los objetivos mínimos obligatorios para ciertos tipos de envases plásticos.
- 2030: Incremento de los porcentajes de contenido reciclado, alcanzando cifras más ambiciosas según las categorías establecidas.
Esta medida busca impulsar el mercado de materiales reciclados y reducir la extracción de recursos vírgenes.
5. Restricción de sustancias peligrosas
Uno de los puntos más innovadores es la prohibición de sustancias peligrosas en los envases. En este sentido, el artículo 30 señala:
«Se prohíbe la introducción en el mercado de envases que contengan sustancias como PFAS y bisfenol A, debido a su impacto negativo en la salud humana y el medio ambiente» (Art. 30).
Esta disposición se basa en estudios recientes que asocian estas sustancias con problemas de salud y contaminación ambiental. La prohibición será efectiva desde el momento de entrada en vigor del reglamento, con plazos de transición para sectores específicos.
6. Medidas contra el uso excesivo de envases
El reglamento introduce obligaciones para reducir el espacio vacío en los envases y eliminar aquellos considerados «superfluos». Según el artículo 40:
«El volumen y el peso de los envases deberán reducirse al mínimo necesario para cumplir su función de contención, sin afectar negativamente la seguridad o la calidad del producto» (Art. 40).
Los envases con falsos fondos, dobles paredes u otros elementos destinados únicamente a aumentar la percepción del producto estarán prohibidos a partir de 2026, garantizando tiempo para la adaptación.
7. Innovación y compostabilidad
El reglamento fomenta la innovación en envases compostables, pero limita su uso a contextos donde aporten claras ventajas ambientales. El artículo 45 establece:
«Los envases compostables sólo podrán utilizarse cuando contribuyan a la recogida o eliminación eficiente de biorresiduos, como en el caso de bolsas de té y cápsulas de café» (Art. 45).
Además, a partir de 2025, será obligatorio revisar las normas existentes sobre compostabilidad para garantizar su adecuación a los objetivos del reglamento.
8. Impacto en los sistemas de depósito, devolución y retorno (SDDR)
Los sistemas de depósito, devolución y retorno serán obligatorios para ciertos envases, como los de bebidas. Según el artículo 50:
«Los envases reutilizables deberán formar parte de un sistema de reutilización eficiente que garantice su retorno y nueva utilización, contribuyendo a alcanzar los objetivos de reducción de residuos» (Art. 50).
Comparado con el Real Decreto 1055/2022, el reglamento europeo:
- Hace obligatoria la implementación de SDDR para envases de bebidas reutilizables en todos los Estados Miembros antes de 2027.
- Armoniza los criterios para la implementación de estos sistemas, evitando disparidades nacionales.
El Real Decreto establece SDDR a nivel nacional, con objetivos más específicos para España, pero carece de la uniformidad transfronteriza que garantiza el reglamento europeo.
9. Estandarización y armonización de normas
Una de las aportaciones clave del reglamento es la armonización de las normas técnicas para envases y residuos en toda la UE. Esto incluye:
- La adopción de estándares como UNE-EN 13429:2005 para envases reutilizables.
- La implementación de directrices comunes para el cálculo de objetivos de reciclado.
Estas normas, ya aplicadas parcialmente en el Real Decreto 1055/2022, ahora serán obligatorias para todos los Estados Miembros, asegurando un nivel uniforme de cumplimiento.
Conclusión
La aprobación de este reglamento representa un avance significativo hacia una gestión más sostenible de los envases en Europa. Desde el diseño y la reutilización hasta la prohibición de sustancias peligrosas, la introducción de sistemas de depósito armonizados y el etiquetado digital, estas medidas colocan a la UE como líder en la transición hacia la economía circular.
En España, será fundamental armonizar las disposiciones del Real Decreto 1055/2022 con este nuevo marco europeo para garantizar su cumplimiento y aprovechar al máximo las oportunidades que presenta este cambio normativo. Aunque el reglamento aún espera su publicación oficial, su entrada en vigor en 18 meses traerá un impacto profundo en la industria y en la gestión de residuos, marcando el camino hacia un futuro más sostenible.