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Episodio 17

17. ¿SIRAP o SCRAP?

Hoy en Container Loop tenemos un propósito “la eliminación de los envases no retornables en la industria”. La nueva ley de residuos y la publicación del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases parece que nos da la razón.
En este tsunami legislativo los productores de producto (envasadores) pasan a ser los responsables de la gestión y financiación de la gestión de los residuos que introducen en el mercado. La trazabilidad de los envases puestos en el mercado cobrará una especial importancia. Los fabricantes de envases y las empresas envasadoras tendrán que crear una memoria anual informando de la cantidad de productos y envases introducidos en el mercado. Además de cumplir con unos objetivos de reciclado y valorización para los productos introducidos en el mercado y sus envases.
La ley nos dice que tenemos dos opciones; cumplir con la responsabilidad ampliada del productor de forma individual (SIRAP: Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor) o de forma colectiva (SCRAP: Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor).
¿Pero cuál es la mejor para nuestra empresa? ¿SIRAP o SCRAP?
En este episodio David Izquierdo nos da claves importantes para elegir uno u otro sistema.

 

0:00
Entradilla.

Bienvenidos al pódcast de Container Loop, la consultora especializada en crear sistemas de envases retornables, rentables y sostenibles.
Con Esteban Fuica como conductor del programa y David Izquierdo como fundador y CEO de Container Loop.
En este pódcast hablamos sobre la importancia que tiene la economía circular en la industria. Lo sostenible vende, ahora más que nunca. Consumidores, multinacionales, organismos oficiales y el propio ecosistema exigen empresas sostenibles.
Ya no vale con aparentarlo, ahora es el momento de demostrarlo. En este pódcast hablaremos sobre cómo ayudaremos a las empresas en la transformación hacia la economía circular.

Hola, mi nombre es David Izquierdo y soy el CEO de Container Loop.
Hola, mi nombre es Esteban Fuica y soy el presentador de este pódcast.

Y esto es… Container Loop.

1:05
Introducción del episodio.

Esteban: Hoy en Container Loop tenemos un propósito “la eliminación de los envases no retornables en la industria”. La nueva ley de residuos y la publicación del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases parece que nos da la razón.
Se avecina un tsunami legislativo que lo cambiará todo y en el que los productores de producto (envasadores) pasan a ser los responsables de la gestión y financiación de la gestión de los residuos que introducen en el mercado.
La trazabilidad de los envases puestos en el mercado cobrará una especial importancia. Los fabricantes de envases y las empresas envasadoras tendrán que crear una memoria anual informando de la cantidad de productos y envases introducidos en el mercado.
Además de cumplir con unos objetivos de reciclado y valorización para los productos introducidos en el mercado y sus envases.
Las sanciones se han elevado hasta los 3.500.000 de euros las muy graves.
La ley nos dice que tenemos dos opciones; cumplir la responsabilidad ampliada del productor de forma individual (SIRAP: Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor) o colectiva (SCRAP: Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor).
¿Pero cuál es la mejor para nuestra empresa?
Hoy cambiaremos un poco el formato habitual para hablar de este tema tan importante.

2:41
Presentación

Esteban: Para ello tenemos a nuestro querido David Izquierdo.

David: Vamos con el nuevo formato.
Lo primero sería el porqué de todos estos cambios.
En 2015 las Naciones Unidas lanzan Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) llamados coloquialmente AGENDA 2030.
Para cumplir esos objetivos la Unión Europea pone objetivos a España, que se trasponen en la ley de residuos Ley 7/2022, y el Proyecto de Envases y Residuos de Envases que ha entrado en vigor el 28 de diciembre de 2022.

Esteban: Vamos a repasar un poco todo lo que se va a tener que hacer.
Primero: Una vez publicado el real decreto, y en los plazos marcados, las empresas fabricantes de envases y las productos de producto envasadores tendrán que inscribirse en el Registro de Productor de Producto.

David: Al inscribirse tendrán que aportar un certificado diciendo si se acogen a un SCRAP o a un SIRAP, y encargarse de la gestión y financiación de los residuos que ponen en el mercado, incluidos los comerciales e industriales.
Recibirán un número de inscripción que tendrán que incorporar en facturas y albaranes.
Aquí la idea es realizar un tracking. Además, dentro de poco todas las facturas en España tendrán que ser electrónicas.

Esteban: Que todos los productores de producto se pongan el gorro hacia atrás y empiecen a elegir entre el SIRAP o el SCRAP.
Después tendrán que realizar una vez al año una memoria anual empezando por la de 2021 con carácter retroactivo.

David: Al final, lo que quieren saber es cuántos envases se introducen en el mercado y dánde van a parar, para cumplir con los objetivos marcados.

Ahora, que ya estamos todos muy asustados, ¿qué elegimos: un SCRAP o un SIRAP?
Bueno, pues como muchas respuestas será: DEPENDE.

Esteban, a ti te toca el SCRAP y a mi el SIRAP que me cae mejor.

5:22
Constitución del SCRAP

Esteban:
2. La solicitud de autorización que presente el sistema colectivo y la autorización que se otorgue tendrán el contenido previsto en el anexo VI. La solicitud de autorización se presentará según lo previsto en el artículo 32.3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, y se acompañará de la documentación relativa a la garantía financiera que el sistema colectivo va a suscribir de conformidad con el artículo 26. La Comisión de Coordinación en materia de residuos valorará el contenido de la solicitud y la idoneidad del funcionamiento del sistema colectivo para el cumplimiento de las obligaciones de la responsabilidad ampliada. Se analizarán, entre otros aspectos:

Y aquí hay una larga lista de obligaciones:

a) La transparencia y objetividad en las formas de incorporación de los productores al sistema colectivo, estableciendo sistemas ágiles y sencillos, y sin discriminaciones de ningún tipo a los productores de producto.
b) La posibilidad anual para los productores de cambiar el modo de cumplimiento de su responsabilidad ampliada, bien a través de otro sistema colectivo, bien a través de la constitución de un sistema individual.
c) El proceso interno de toma de decisiones, que se realizará exclusivamente por los productores incorporados al sistema, con base a criterios objetivos, sin perjuicio de la existencia de órganos ejecutivos que deberán ser elegidos por todos los integrantes del sistema o sus representantes, y que obedecerán en todo caso a las decisiones tomadas por los productores que conforman el sistema.
d) Los derechos a la información de los productores que forman parte del sistema, a la formulación de alegaciones y a su valoración.
e) Los mecanismos de intercambio de información entre los integrantes del sistema colectivo y entre éste y el resto de operadores de la gestión de residuos.
f) La aplicación de condiciones objetivas, transparentes y no discriminatorias en las relaciones entre los sistemas y el resto de operadores de residuos, así como los acuerdos entre sistemas colectivos. La toma de decisiones y el suministro de información no deben producir un aumento del riesgo de colusión entre los productores del sistema, ni entre el sistema y el resto de operadores de la gestión de residuos.
g) La ausencia de conflicto de intereses entre los miembros del sistema o quienes forman parte de los órganos ejecutivos y otros operadores, especialmente con los gestores de residuos a los que deben contratar.

3. La comunidad autónoma concederá, si procede, la autorización en la que se fijarán los requisitos y garantías técnicas, organizativas, económicas, logísticas y operativas ….. y un largo etc. de requisitos.

4. El plazo máximo para la tramitación de la autorización será de seis meses prorrogables, de manera motivada, por razones derivadas de la complejidad del expediente; dicha prórroga deberá realizarse antes de que haya expirado el plazo original. Transcurrido el plazo sin haberse notificado resolución expresa se entenderá desestimada. Etc, etc, que hay muchas cosas que hacer.

¿Qué te parece?

David: Pues me parece que hay que hacer un montón de cosas.
Básicamente, la diferencia es que como es un sistema colectivo, la ley tiene muchas cosas para evitar que haya discriminación, o se hagan las cosas mal o haya un conflicto de intereses, etc.
Al ser varias personas que están en un grupo han puesto muchas medidas de protección para el individuo dentro de un grupo.
Voy yo con el SIRAP.

7:38
SIRAP
David:
Artículo 19. Constitución, comunicación y funcionamiento de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor de envases.
1. Los productores que opten por el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la responsabilidad ampliada a través de un sistema individual, presentarán ante el órgano competente de la comunidad autónoma en la que radique su sede social una comunicación con el contenido previsto en el anexo V. Esta comunicación se acompañará de la garantía financiera suscrita de conformidad con el artículo 25, y se inscribirá de oficio por la autoridad autonómica competente en el Registro de Producción y Gestión de residuos.

En el caso del SCRAP era una autorización. Comunicación y autorización no son lo mismo.
Comunicación es “voy a hacer esto” y autorización es “me das permiso para hacer esto”. Es mucho más fácil la comunicación que la autorización.

8:38
Obligaciones para todos, individuales y colectivos.
David:
Artículo 21. Obligaciones generales de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de envases:

1. Los sistemas individuales y colectivos estarán obligados a cumplir con las obligaciones que los productores.

a) Dispondrán de los recursos financieros o financieros y organizativos necesarios para cumplir sus obligaciones en materia de responsabilidad ampliada del productor.

Esteban:
b) Aplicarán las previsiones que se incorporen en la comunicación y autorización de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.

David:
c) Celebrarán convenios para financiar y, en su caso, organizar la gestión de los residuos de envases cuando las administraciones públicas intervengan en la organización de la gestión de los residuos.

Esteban:
d) Celebrarán acuerdos con los gestores de residuos autorizados para financiar los costes de recogida y tratamiento de los residuos de envases.

David:
e) Proporcionarán antes del 28 de febrero del año siguiente al del periodo de cumplimiento, el informe anual previsto en el Anexo VII,

Esteban:
f) Proporcionarán, antes del 31 de octubre del año en curso, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a efectos de conocimiento y con carácter confidencial, un informe en formato electrónico con las previsiones para el año siguiente en materia de prevención, recogida, reutilización, reciclado y valorización.

11:48
Obligaciones adicionales de SCRAP
David: Ahora las que son adicionales para los sistemas colectivos o SCRAP.

Artículo 22. Obligaciones adicionales de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor de envases.

1. Los sistemas colectivos deberán:

a) Garantizar la igualdad de trato de los productores de producto independientemente de su origen o de su tamaño.

Esteban:

b) Establecer sus normas de funcionamiento interno garantizando la participación de los productores en la toma de decisiones. Todos los miembros del sistema colectivo tendrán derecho a recibir la información que se derive del cumplimiento de lo previsto en este real decreto, a formular comentarios y alegaciones y a que éstos sean valorados y tenidos en cuenta en el funcionamiento del sistema.

David: Básicamente el cambio es que como ahora todos tienen responsabilidad todos tienen que votar.

Esteban:
c) Salvaguardar la confidencialidad de la información que los miembros del sistema colectivo hayan aportado para el funcionamiento de éste, especialmente de la que pueda resultar relevante para la actividad económica de los miembros del sistema.

d) Informar a los productores del cumplimiento de los objetivos del sistema colectivo en materia de prevención, recogida separada, reutilización, reciclado y valorización, por tipologías y materiales de envase y los repercutirán a cada productor, en función de su cuota de participación en el sistema colectivo.

David:
e) Incluir en el informe previsto en el artículo 21.1.e), el apartado d) sobre datos económicos del Anexo VII debidamente auditado e incorporando elementos indicativos de su autenticidad. El informe, incluirá la auditoria de sus cuentas anuales elaboradas, aprobadas de acuerdo con el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del plan general de contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.

Auditoría, auditoría, plan y más plan (mucho papeleo para que sea justo con el colectivo con todos los integrantes). Vamos evitar pillerías y todo eso es muy caro.

Siguiendo lo previsto en el artículo 32.5.j) de la Ley 22/2011, de 28 de julio. En el caso de que el informe suponga desviaciones respecto a las previsiones presentadas el año anterior por el sistema colectivo, se deberá presentar la justificación de esta desviación. La Comisión de coordinación en materia de residuos podrá solicitar la información complementaria que estime necesaria.

Es decir, si no cumples con tus objetivos tienes que justificarlo y te pueden pedir explicaciones.

Esteban:
f) Informar con tres meses de antelación en los supuestos de finalización de la actividad del sistema colectivo, a todos los productores que lo integren, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los productores, así como a la autoridad administrativa que le concedió su autorización, para que deje sin efecto la misma. Los productores podrán constituir o integrarse en otro sistema de responsabilidad ampliada según lo previsto en este real decreto.

David:
g) Poner a disposición del público la información sobre: i. La figura jurídica elegida, indicando su estructura y composición, así como sobre los productores que participen en el sistema, incluida su modalidad de participación en la toma de decisiones del sistema.

Esteban:
ii. Las contribuciones financieras abonadas por los productores de productos por tonelada de producto comercializado, para cada categoría y material de envase, así como cualquier otra contribución adicional al sistema indicando su finalidad. Sin perjuicio de las obligaciones de publicidad activa de este apartado, que se podrán articular a través de las páginas web de los sistemas colectivos, los usuarios o consumidores finales de productos envasados tendrán derecho a obtener una respuesta razonada, en el plazo máximo de dos meses, a las consultas realizadas sobre el modo de cumplimiento de las obligaciones de la responsabilidad ampliada del productor del sistema colectivo, incluyendo el acceso a la información sobre las cuantías económicas dedicadas a la gestión de los residuos de envases.

Vamos, que los consumidores podrán preguntar y tendrás que responder.

David:
iii. El procedimiento de selección de los gestores de residuos, donde se respetarán los principios de publicidad, concurrencia e igualdad, con el fin de garantizar la libre competencia.

Básicamente es que, como es un sistema colectivo, aquí no vale contratar a mi primo, porque mi primo igual no lo hace igual de bien que otro y tenemos que garantizar que esto sea legal.

Esteban:
2. Los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada podrán dar cumplimiento a sus obligaciones por sí mismos o podrán constituir o contratar una entidad administradora que deberá tener personalidad jurídica propia y diferenciada de la del sistema colectivo y que actuará bajo la dirección de éste.

Ufff! Muchas más obligaciones que en un SIRAP.

David: De hecho, este último punto del que has hablado, el otro día estuve en una reunión con una empresa que se encarga de hacer el papeleo de los SCRAP y básicamente es eso. Yo puedo crear mi propio órgano de dirección o puedo derivar eso a otro. Pero sigo diciendo, que lo haga otro no significa que tú no tengas responsabilidad.

Bueno, creo que en la parte de papeleo y requisitos gana el SIRAP.

Pero claro, podemos pensar: “Bueno, todo eso no lo tengo que hacer yo, lo tiene que hacer el SCRAP que para eso le pago”.
Pues sí y no. Realmente las memorias anuales se las tienen que proporcionar al SCRAP. Eso no nos lo quitamos.

Podemos pensar: “Bueno, pues si estamos en un SCRAP no tenemos responsabilidad”.

Pues sí. Si lo hace mal el SCRAP tenemos responsabilidad.

Los objetivos son globales. Nosotros también nos tenemos que comprometer a cumplir con unos objetivos que nos marca el SCRAP o asumimos.

Esteban: Bueno, pero el tema de la garantía económica será mejor.

David: Pues tampoco. También tenemos que aportar una garantía económica al SCRAP cada empresa.

20:00
El SCRAP gana cuando…
Esteban: Bueno, bueno. Pero sí hay cosas donde gana el SCRAP, ¿no?

David: Sí, tienes razón.
Por ejemplo:

– Cuando son flujos complejos, difíciles de gestionar.
– Cuando requiere llegar a acuerdos con comunidades autónomas u otros SCRAP.
– Cuando las recogidas están muy atomizadas.
– Cuanto más complejas.

Pero recordemos no tenemos que estar solo en un SCRAP. Podemos combinar, según flujos de residuos, con un SIRAP.

Esteban: Bueno, como hoy no tenemos el momento Khaby Lame ¿qué sugieres?

1.- No apresurarse, aunque todo esto nos puede parecer una montaña, acogernos a un SCRAP nos atará durante 12 meses y tendremos que trabajar igual. Hay que pensarlo bien.

2.- Si tenemos algún flujo controlado usemos envases retornables con un SIRAP para ese flujo.

Algunos ejemplos:
– Ibc
– Palops, o contenedores
– Cajas plegables
– Unidades de transporte

Por ejemplo, con el IBC es muy fácil crear un sistema de depósito, devolución y retorno. Las empresas que alquilan cajas plegables enseguida se crearán su propio SIRAP.
Unidades de transporte es un producto muy interesante.

Esteban: ¿Qué es eso de unidades de transporte?
David: Es un producto que ahorra. Aunque nosotros enviemos producto siempre nos va a quedar el film, quizás una caja de cartón, el fleje. En la unidad de transporte se elimina todo eso, porque lleva el palet, la caja de plástico retornable y lleva una tapa para cerrarlo. Incluso puede que lleve un tipo de embalaje interno retornable. Lo utiliza mucho la automoción. Todo el embalaje íntegro es retornable. Con ese sistema estás generando cero residuos. Podrías enviarle producto a tus clientes y no tendrías que pagar a un SCRAP.

3.- Consultemos con un experto, no solo el papeleo, sino también la gestión. Sobre todo en lo relativo a los sistemas de envases retornables.

Esteban: Bueno, pero para eso estamos nosotros.

David: Sí, claro.
Dejamos enlace para poder realizar una consulta gratuita de treinta minutos.
https://calendly.com/davidicommers/consultoria-containerloop

23:43
Container Loop Tracking
4.- Tener una forma ágil de realizar el tracking de los envases.

Esteban: Sé que es prematuro pero estamos a punto de sacar nuestra app Container Loop Tracking.

David: Pues sí, y está muy avanzada. Y vamos a dejar un correo para que se apunten los oyentes a la lista de espera para ser los primeros usuarios de la versión BETA Tester.

Esteban: Explícanos un poco qué hace la app. Pero poco, que luego nos copian.

David: Nuestra aplicación de tracking la diseñamos porque nos dimos cuenta de que uno de los principales problemas que había para los sistemas de envases retornables
era la pérdida de activos. Cuando yo enviaba palets, por ejemplo, no me volvían.
Hemos diseñado una app que permite, sin utilizar ninguna otra tecnología, nada más que un smartphone, poder leer a través de etiquetas qr y geolocalizar creando nuestro propio sistema de envases retornables, y saber en todo momento dónde tenemos los envases, cuánto valen los envases que tenemos y dónde está ese dinero. Es decir, si tenemos en una ubicación 1.000 euros lo sabremos, cuánta huella de carbono ahorramos en cada ciclo, cuánto residuo ahorramos y cuántos costes.
Todo bien ordenado, geolocalizado a través de un móvil, y de muy fácil uso.

25:22
Tomar decisiones.
Esteban: Bueno, hoy a sido denso. Vamos a tener que despertar a los oyentes.

David: Sí, tienes razón. Pero me parecía importante este podcast. Creo que por desconocimiento se irán muchas empresas a los SCRAP pensando que es más fácil, pero acabarán teniendo el mismo trabajo y menos control sobre lo que hacen.

Bueno, ya sabes que es complicado decidirse en una comunidad de propietarios para cambiar el telefonillo, imagina para todo esto.

Con un poco de ganas, y algo de ayuda por nuestra parte, hay soluciones sorprendentes para reducir la generación de residuos y cumplir la ley.

Básicamente los SCRAP están para solucionar problemas de forma colectiva cuando de forma individual no es factible o muy difícil.

La ley pide a las empresas que se hagan responsables de los productos que ponen en el mercado, no que le paguen a otro por hacerlo. No es “pagar y me desentiendo” como pasaba hasta ahora.

Esteban: Eso es lo que la gente tiene que entender bien. No es pagar y desentenderse. Vas a seguir siendo responsable.

David: Vas a tener que pagar pero también vas a tener que hacer cosas. Si tienes que tomar decisiones, siempre que no sea imposible, ¿no será más fácil tomarlas contigo mismo que tener que convencer a doscientas empresas?
Si no es posible pues sí, un sistema colectivo. Pero tampoco nos centremos en “todo al sistema colectivo”. Lo que no sea posible al sistema colectivo, y lo que sea posible lo hacemos nosotros.
¿Quién conoce mejor a nuestros clientes que nosotros? ¿Quién puede tomar decisiones en cuanto al tipo de envase, embalaje, etc.? Nosotros. Con “nosotros” me refiero al productor de producto.
Lo mejor que podemos hacer es siempre que podamos hacerlo nosotros y cuando no se pueda que lo haga un SCRAP. Para eso están.

Esteban: A ver si la gente entiende mejor las opciones que tienen con un SCRAP o con un SIRAP.

David: Yo este pódcast lo he hecho, sobre todo, pensando en eso. Me he dado cuenta de que cuando llegue el momento todos nuestros oyentes que tengan estos problemas van a correr despavoridos sin saber cómo solucionarlo. Creo que es importante que antes de que tomen una decisión precipitada valoren que se lo pueden hacer ellos mismos, o por lo menos parte.

28:27
Despedida.

ÍNDICE
0:00 Entradilla.
1:05 Introducción del episodio.
2:41 Presentación.
5:22 Constitución del SCRAP.
7:38 SIRAP.
8:38 Obligaciones para todos, individuales y colectivos.
11:48 Obligaciones adicionales de SCRAP.
20:00 El SCRAP gana cuando…
23:43 Container Loop Tracking.
25:22 Tomar decisiones.
28:27 Despedida.

Un saludo y nos vemos en el próximo episodio.

 

En Container Loop acompañamos a las empresas en su camino hacia la creación de sistemas de envases retornables, rentables y sostenibles.
Algunos de nuestros servicios:
Asesoramiento en la creación de sistemas de envases retornables.
Asesoramiento ambiental.
Asesoramiento en la adquisición de envases retornables.
Sistemas de tracking de envases retornables.
Selección de gestores.
Tramitación de todo lo relacionado con los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
Si necesita más información puede solicitar una consultoría gratuita en el siguiente enlace:
https://calendly.com/davidicommers/consultoria-containerloop
O en el correo info@containerloop.com

 

Enlaces de interés:

Hacienda
Registro territorial del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-especiales-medioambientales/registros-territoriales-impuestos-especiales-medioambientales/registro-territorial-impuesto-especial-sobre-plastico.html

 

 

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